Requisitos de acceso obligatorios
De acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (artículo 16), el estudiantado que quiera acceder al Máster Universitario deberá haber finalizado los estudios oficiales de:
- Grado
- Diplomatura
- Licenciatura
- U otras expresamente declaradas equivalentes.
Preferentemente en disciplinas pertenecientes a las Ciencias Humanas y Sociales, Ciencias Jurídicas y Económicas, Ciencias de la Educación y Ciencias de la Comunicación. También puede acceder al Máster estudiantado de otras disciplinas (Ciencias de la Salud, etc.).
También podrán acceder estudiantes con título expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo, sin necesidad de homologación del título, con la comprobación previa por parte de la universidad que los estudios facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster.
El estudiantado con otras titulaciones fuera del Espacio Europeo de Educación Superior deberá acreditar su homologación o legalización. El alumnado deberá presentar la documentación original o fotocopia compulsada que se ha indicado, oficial y legalizada por vía diplomática y, cuando sea necesario, con la traducción correspondiente por una traductora o un traductor jurada/o. Corresponderá al rectorado de la Universidad Jaume I, a través de la Comisión Académica del Máster Universitario, autorizar la admisión del alumnado que se encuentre en estas circunstancias. Debe tenerse en cuenta que la legalización de esta documentación es más fácil si el país de la persona solicitante está bajo la aplicación de las Directivas del Consejo de la Unión Europea sobre reconocimiento de títulos, bajo el Convenio de la Haya o bajo el Convenio Andrés Bello. En todos estos casos, las autoridades públicas o servicios consulares de los países de origen cuentan con toda la información necesaria para efectuar la legalización de la documentación.